Micelio
Auto13 de junio de 2014

A- de 2014

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Sala De Seguimiento·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Seguimiento Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Desplazamiento Forzado
  • Respuesta a derechos de petición elevados por ciudadanos víctimas de desplazamiento forzado, acerca del seguimiento y cumplimiento de la sentencia SU254/13
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se da respuesta a derechos de petición elevados por ciudadanos víctimas de desplazamiento forzado, acerca del seguimiento y cumplimiento de la sentencia SU254/13

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. INFORMAR alas peticionarias que, de conformidad con lo senalado en las consideraciones de la presente providencia:
  2. (i) La sentencia SU-254 de 2013 se encuentra plenamente ejecutoriada;
  3. (ii) Frente a lo dispuesto en el numeral
  4. decimo.
  5. octavo. de la parte resolutiva de la recien citada providencia, la Corte Constitucional recibio el pasado 25 de marzo de 2014, un escrito relacionado bajo la referencia: "Informe de Cumplimiento Sentencia SU 254 de 2013", por parte de la Unidad para la Atencion y la Reparacion Integral a las Victimas, el mismo consta de 16 folios, 113 anexos y un disco compacto -CD- y que; considerando que la documentacion allegada por el Gobierno Nacional no cumplia con los parametros fijados por esta Corporacion, fue necesario requerira la aludida entidad, para que, en virtud de su labor como coordinadora de las entidades que hacen parte del Sistema de Atencion y Reparacion Integral a las Victimas -SNARIV-, con el apoyo de aquellas, complementara su informe en los terminos de las providencias citadas en el apartado 23 de este auto.
  6. (iii) La Sala Especial de Seguimiento a la sentencia T-025 de 2004 ha ejercido la labor de monitoreo al cumplimiento de la referida sentencia de unificacion, en los terminos de las consideraciones 24 a 28 del presente proveido.
  7. Segundo. Por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.